ECONOMÍA CIRCULAR

Ley marco 20.920 para la gestión de residuos

La Ley 20.920 tiene como principal instrumento la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), un mecanismo en virtud del que los productores de productos prioritarios son responsables de la organización y financiamiento de la gestión de los residuos derivados de la comercialización de sus productos en el país. 

Se trata de un régimen especial de gestión de residuos, a través del cual los productores son responsables de la organización y financiamiento de la gestión de residuos derivados de la comercialización de productos definidos como prioritarios en el mercado nacional, regulados a través de la Ley y decretos supremos desarrollados por el Ministerio del Medio Ambiente. Los productos prioritarios establecidos a la fecha son neumáticos, envases y embalajes, aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, pilas y baterías, cuyos productores o importadores deberán cumplir metas de recolección y valorización de sus residuos a través de la conformación de sistemas de gestión, entre otras obligaciones. También se establece un régimen especial para la declaración de diarios periódicos y revistas, los que no están sujetos a metas.  

Accede acá a la Ley 20.920, al Reglamento de la Ley 20.920, una  Presentación Digital que la resume, y una serie de Preguntas Frecuentes con sus Respuestas. 

¿Qué es la REP?

La Ley tiene como principal instrumento la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), mecanismo en virtud del que los productores de productos prioritarios son responsables de la organización y financiamiento de la gestión de los residuos derivados de la comercialización de sus productos en el país. Junto con esto, la Ley contempla penas al delito de tráfico de residuos peligrosos, y un Fondo para el Reciclaje como mecanismo de apoyo a la REP, que permitirá financiar proyectos, programas y acciones desarrollados por municipalidades y asociaciones de municipalidades, para prevenir la generación de residuos y fomentar su reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización.

La Ley contempla la adecuación de otras normas para facilitar el funcionamiento del sistema REP, define obligaciones específicas a los distintos actores relacionados a la gestión de residuos e implementa un régimen de fiscalización y sanciones.

Accede acá al Reglamento de la REP, una Presentación Digital que la resume, y una serie de Preguntas Frecuentes con sus Respuestas.

Productos Prioritarios

Estos productos fueron escogidos y priorizados frente a otros por poseer alguna o varias de las siguientes características: Ser de un consumo masivo, por el volumen significativo de sus desechos, por ser residuos peligrosos para la salud de las personas y/o el medio ambiente, por ser factible su valorización, y por existir una regulación comparada de referencia. La Ley establece que se deberá establecer un Decreto de Metas y Otras Obligaciones Asociadas (para abreviar, Decreto de Metas) para cada producto prioritario. La publicación del decreto determinará el momento en que comenzará a regir la obligación de organizar y financiar la recolección y tratamiento de cada uno de estos.

La Ley establece que el Ministerio del Medio Ambiente podrá aplicar la Responsabilidad Extendida del Productor a través de un decreto de metas a las categorías y subcategorías de otros productos, los que se entenderán productos prioritarios.  Para esto último, el MMA se encuentra evaluando futuras nuevas categorías de productos prioritarios: ver estudio sobre nuevos productos prioritarios. 

Declaración de
Productos Prioritarios

Preguntas Frecuentes y Respuestas Sobre la Ley REP

Neumáticos
Envases y Embalajes
Aceites Lubricantes
P+AEE
Baterías