Formulario consumidor industrial

Bienvenidos


La Ley REP faculta a los Consumidores Industriales a gestionar sus residuos de productos prioritarios de dos formas:
  • Opción (a): entregándolos a un sistema de gestión
  • Opción (b): valorizándolos por sí mismos o mediante gestores autorizados.
Los Consumidores Industriales que opten por valorizar sus residuos por sí mismos o a través de gestores autorizados y registrados (“Opción b”), deberán informar al Ministerio del Medio Ambiente su decisión de operar bajo este régimen mediante el presente formulario. En caso de optar por la “opción (a)”, no es necesario informar al Ministerio ni tampoco declarar en este formulario. Además, los Consumidores Industriales que operen bajo la opción (b), deberán también escoger entre las siguientes dos alternativas:
  • 𝗢𝗽𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗯.𝟭: Informar directamente al Ministerio sobre la valorización efectuada (en la Plataforma SISREP). Lo que implica que las toneladas valorizadas serán asignadas proporcionalmente a los sistemas colectivos de gestión para la contabilización de las metas REP.
  • 𝗢𝗽𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗯.𝟮: Celebrar un convenio con un Sistema de Gestión para que este informe al Ministerio en su nombre y representación. Esto implica que el Consumidor Industrial deberá informar en este formulario el Sistema de Gestión con el cual celebró o celebrará el convenio. En dicho caso, las toneladas valorizadas serán imputadas al sistema de gestión respectivo.
La información relativa a la valorización efectuada deberá ser certificada por auditores externos, de acuerdo con lo establecido en la normativa. A continuación, complete la información de la empresa, seleccione el producto prioritario, su categoría y subcategoría, por último, informe el régimen de operación de sus residuos.

Identificación de la empresa

Producto prioritario

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Importante: Guarda una copia de los datos ingresados para futuras referencias relacionadas con la Ley REP y los procesos de Economía Circular.