Recepción de Antecedentes Paneles Fotovoltaicos
Se abre periodo de información pública para recibir antecedentes de paneles fotovoltaicos
En el marco del proceso de elaboración del Decreto Supremo que establecerá metas de recolección y valorización de pilas y aparatos eléctricos y electrónicos (P+AEE), el día 29 de noviembre se publicó en el Diario Oficial el anuncio que informa del inicio de un periodo de información pública que tiene como fin recibir antecedentes que permitan regular de manera pertinente los paneles fotovoltaicos en el DS de metas de P+AEE en desarrollo (Res. Ex. N° 1268, del 2023, del Ministerio del Medio Ambiente).
¿Cuánto dura el periodo de información pública?
¿Quiénes pueden participar y qué antecedentes pueden aportar?
Toda persona, natural o jurídica, podrá entregar antecedentes de paneles fotovoltaicos relacionados con las siguientes materias:
a. Caracterización del mercado de paneles fotovoltaicos ingresados al territorio nacional, incluyendo:
a.1 Cantidad de paneles introducidos al mercado por año, en unidades y toneladas;
a.2. Destino de los paneles introducidos al mercado (uso domiciliario, uso industrial u otro) y su distribución geográfica en función de la cantidad puesta en el mercado;
a.3. Tipos de paneles puestos en el mercado;
a.4. Vida útil y composición por tipo de panel;
a.5. Costos por tipo de panel;
a.6. Tipos de garantía ofrecidas por los fabricantes de paneles fotovoltaicos.
b. Datos actualizados relacionados a la generación de residuos de paneles fotovoltaicos:
b.1. Tasa de fallas y tipos de falla;
b.2. Cantidad de residuos generados al año.
c. Caracterización del manejo de residuos de paneles fotovoltaicos a nivel nacional e internacional:
c.1. Cantidades y tasas actuales de recolección, valorización (reciclaje, valorización energética y/o preparación para la reutilización) y de disposición final (relleno sanitario, relleno de seguridad, otros);
c.2. Descripción de las actividades de manejo de residuos de paneles fotovoltaicos implementadas actualmente y costos estimados por ton de residuos y tipo de panel (si corresponde), asociadas a:
- Almacenamiento;
- Recolección;
- Pretratamiento;
- Valorización, incluyendo la preparación para la reutilización, el reciclaje (incluido el coprocesamiento) y la valorización energética, y;
- Eliminación.
c.3. Precio de venta de materiales obtenidos tras la valorización de los residuos de paneles.
c.4. Identificación de los gestores que realizan las actividades de manejo individualizadas en el punto anterior y su ubicación geográfica.
c.5. Actividades de manejo de residuos de paneles fotovoltaicos a nivel internacional, asociadas a:
- Almacenamiento;
- Recolección;
- Pretratamiento;
- Valorización, incluyendo la preparación para la reutilización, el reciclaje (incluido el coprocesamiento) y la valorización energética, entre otros, y;
- Eliminación.
d. Posibles mecanismos de cálculo para el establecimiento de metas de recolección y valorización.
e. Propuestas de obligaciones asociadas para los distintos actores regulados con el fin de asegurar el cumplimiento de metas de recolección y valorización.
¿A dónde se deben hacer llegar los antecedentes?
Se debe tener presente que los antecedentes recibidos formarán parte del expediente público del procedimiento de dictación del decreto supremo que establecerá metas y otras obligaciones asociadas de pilas y aparatos eléctricos y electrónicos, disponible en https://economiacircular.mma.gob.cl/aparatos-electricos-y-electronicos/.